Política de Prevención del consumo de drogas, estupefacientes, sustancias sicotrópicas, tabaco y alcohol

Grupo Pluss Chile, conscientes del daño que podría producir el consumo de alcohol y otras drogas y/o sustancias psicotrópicas en las personas, sus familias, entorno y el ambiente laboral, considera importante la descripción y la implementación de políticas y procedimientos de prevención de consumo. 

El consumo de alcohol y otras drogas se ha transformado en una realidad preocupante dentro de la gestión laboral. La prevalencia de consumo, podría generar alteraciones de la visión y disminución de los tiempos de reacción, perturbando la capacidad de toma de decisiones; conllevando, en consecuencia, problemas de salud, costos personales, sociales, familiares y riesgos para el desarrollo de los servicios prestados.

Actuar de forma preventiva es, sin duda, la gestión más eficaz en la providencia de accidentes e incidentes asociados al uso de sustancias, que pueden desencadenar consecuencias graves asociadas al servicio de transporte de pasajeros en buses interurbanos.

Considerando lo anterior, y teniendo en cuenta que el consumo de alcohol y otras drogas es multifactorial, la empresa ha implementado normativas internas y mecanismos de prevención y concientización acorde a la reglamentación vigente, asumiendo los siguientes compromisos dentro de sus capacidades y posibilidades:

  • Implementar controles pre-ocupacionales y ocupacionales para una temprana detección de los riesgos de exposición del trabajador a fin de acreditar de manera fehaciente una salud y estado psíquico compatibles con las funciones a desarrollar.
  • Implementar controles preventivos aleatorios de detección de consumo de alcohol y drogas ilícitas, garantizando el respeto por la honra, dignidad y derechos del trabajador, la objetividad de los procesos y la confidencialidad de la información.
  • Difundir entre los trabajadores los efectos y riesgos a la salud asociados al consumo de alcohol, sustancias estupefacientes, psicotrópicas o drogas y tabaco, promoviendo estrategias de prevención de forma oportuna, permanente y participativa en conceptos básicos de drogas, factores de riesgo y protección.
  • Velar por un ambiente libre de humo, drogas y alcohol. El tráfico, comercialización o inducción al consumo por cualquier medio reviste características de delito y es sancionado penalmente por la Ley Nº 20.000.
  • Desarrollar actividades que promuevan conductas saludables.
  • Velar por el cumplimiento y difusión de las siguientes normas legales:
  • Ley N° 20.770 en lo que se refiere al delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones graves, gravísimas o, con resultado de muerte.
  • Ley N° 20.580, Aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, y bajo la influencia del alcohol.
  • Ley N° 19.419, Regulando actividades que indica relacionadas con el tabaco.
  • Ley Nº 19.366, Que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

 

Grupo Pluss Chile ha designado recursos humanos y financieros necesarios para dar cumplimiento a esta política y espera por su parte, la colaboración de todos los trabajadores, participando activamente en los programas de sensibilización y capacitación. Los desvíos a ésta política serán sancionados acorde lo descrito en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.

La presente Política aplica a todos los trabajadores de la empresa y de empresas prestadoras de servicios, siendo responsabilidad de todos los empleados cumplir con esta y otras normativas y procedimientos establecidos. El grupo Pluss Chile difundirá y promoverá los compromisos adoptados en la presente Política entre sus trabajadores, contratistas, proveedores y clientes.
 

Actualización, Abril de 2024.

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